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EL INTRUSISMO PROFESIONAL

Como cada semana, dedico un ratito de mi tiempo a escribir un artículo sobre Protección de datos, pero hoy he decidido salirme un poco de la temática para hablar del intrusismo profesional que cada vez está más en auge.

¿QUÉ ES UN PROFESIONAL?

Lo primero que tenemos que analizar y que tenemos que tener muy claro es qué es un Profesional y porqué queremos contratar profesionales en nuestras empresas. Parece que incorporar profesionales a la hora de contratar personal en nuestras empresas sí es algo que tenemos muy claro y, por el contrario, cuando subcontratamos determinados servicios no nos preocupamos de ver si realmente quien va a trabajar con nosotros cumple con esos requisitos.

 

Un profesional lo podríamos definir como una persona que se ha formado académicamente para realizar una ocupación y que, en determinados servicios, debe demostrar que tiene experiencia suficiente en la actividad que está realizando.

 

 

Cuando contratamos un servicio, por ejemplo la implantación de la Protección de Datos, la Prevención de Riesgos Laborales, El Marketing digital, el diseño de páginas web…. Nos preocupamos de saber quién nos lo está gestionando?, la formación y experiencia que tiene?, los conocimientos?…. O simplemente nos fijamos en el precio que nos va a costar el servicio contratado?

CRECIMIENTO DEL OPORTUNISMO

Vivimos en una era de grandes cambios empresariales y esta situación está dando lugar a que muchas empresas y autónomos se reinventen creando nuevas líneas que no tienen nada que ver con su trayectoria empresarial y que se están sumando a las novedades que van apareciendo como una nueva oportunidad de negocio y esto lo denominaría Intrusismo Profesional y Oportunismo puesto que ni siquiera se preocupan y ocupan de contar con Profesionales Formados y con Experiencia y utilizan estrategias de venta que se basan en el coste económico e incluso, en ocasiones, el Coste Cero utilizando otros servicios que no tienen nada que ver con lo que les han contratado. Esto es lo que yo definiría como un Fraude.

 

 

Pero, lo más importante, estos nuevos “Consultores” y estas nuevas “Consultorías” pueden hacer mucho daño a las empresas que contratan sus servicios porque, en el fondo, los están engañando y les están realizando un trabajo de Forma y no de Fondo y lo que realizan es más un servicio comercial que de consultoría.

LA PROTECCIÓN DE DATOS Y EL INTRUSISMO PROFESIONAL

Como Consultora de Protección de Datos llevo ya muchos años y he vivido muchos cambios, teniendo que formarme y adaptándome a las nuevas leyes, pero eso sí, con una formación continua, invirtiendo económicamente en esta formación y ofreciendo un servicio de calidad y, a su vez, preocupándome y ocupándome de tener las mejores herramientas para que las empresas que confían en nuestros servicios cumplan con la normativa.

 

Aún así, sé que hay gente que desconociendo realmente lo que hago han criticado mi trabajo, me han acusado de hacer un copia/pega de los documentos y seguro que podría seguir comentando cosas negativas que me he encontrado. Ahora bien, resalto que ha sido desconociendo mi trabajo porque lo que sí puedo asegurar es que cuento con la formación y titulación adecuada para ejercer mi trabajo, con una experiencia demostrable y cuento con herramientas profesionales y con la certificación adecuada para ofrecer mis servicios. Pero en este artículo no quiero hablar de mí, para esto tengo las empresas que llevan confiando en mi durante muchos años que son las que pueden decir si están satisfechas o no y cómo es realmente el servicio que les ofrezco.

 

Con la ley 15/1999 ya contábamos con empresas que vendían los servicios de protección de datos y tan sólo hacían una subida de ficheros a la AEPD y a cambio todos los años cobraban un servicio por el que no hacían nada y, es más, si había créditos de formación bonificada aprovechaban para gastar esos créditos en esa “implantación” que realmente nunca se hacía.

Con la Puesta en marcha del nuevo RGPD surge una gran oportunidad de negocio. Todas las empresas que tienen un tratamiento continuado de datos necesitan tener implantada la Protección de Datos y ahora sí hay un gran filón para poder vender protección de datos… Pero, Cómo????

 

En estos últimos meses me he topado con empresas que han recibido uno de estos servicios y cuando han tenido problemas no han podido responder correctamente porque lo que tenían implantado no correspondía con lo que exige la normativa y han tenido que pagar sanciones innecesarias e incluso han sido los propios trabajadores o clientes insatisfechos los que han denunciado por este incumplimiento.

¿EN QUÉ NOS ESTÁN ENGAÑANDO LAS NUEVAS “CONSULTORAS DE PROTECCIÓN DE DATOS” Y QUÉ DEBEMOS DE TENER EN CUENTA?

Quizás resulte un poco dura la palabra “Engaño” pero es que considero que es un engaño en toda regla porque se aprovechan del desconocimiento del empresario y están saliendo “expertos en Protección de Datos” por todos lados.

 

1.- La Protección de Datos no se puede vender a través de los créditos de Formación Bonificada. Lo que denominamos a Coste Cero. Ahora bien, sí es necesario formar a los responsables de las empresas, pero una formación de calidad y, si es posible, en modalidad presencial. Pero me reitero, esta formación no tiene nada que ver con la implantación. Son servicios diferentes y, a su vez, con facturación diferente ya que la formación está exenta de IVA y la Implantación sí tiene IVA.

 

2.- La protección de datos NO es la misma para todas las empresas, aún perteneciendo al mismo sector. Una misma empresa, en un mismo tratamiento de datos y en diferentes departamentos puede tener variación, por ejemplo, se puede dar el caso de realizar transferencias de datos internacionales…

 

3. – El estudio de la empresa no nos lo puede hacer un comercial, debe de hacerlo un consultor experto en Protección de Datos y con la experiencia y formación correspondiente. Esto debería de exigirlo el propio empresario. Me reitero, cada empresa es diferente y hay que hacer un análisis exhaustivo de todo lo que hace para poder hacerle la implantación correspondiente.

 

4.- La implantación, seguimiento y auditorías también debe de realizarla un consultor con la experiencia y formación correspondiente.

 

5.- La implantación no es algo puntual que se realiza en un momento determinado y no se vuelve a revisar hasta pasado un año. Una implantación correcta es algo continuado y que se debe de supervisar varias veces al año para comprobar si hay alguna variación.

 

6.- La documentación no sólo consiste en poner unas cláusulas. El documento de seguridad contiene varios anexos necesarios para cumplir con el Principio de Responsabilidad Proactiva.

 

7.- Un consultor debe de estar al servicio de sus clientes en todo momento para resolver cualquier duda o consulta e incluso para responder ante reclamaciones, solicitudes o ante una brecha de seguridad.

 

8.- El Consultor encargado de Gestionar la LOPD de la empresa Cliente debe de aparecer en el extracto de la documentación, bien como DPO o Como Coordinador de la Protección de Datos.

 

Y así podría seguir nombrando más puntos que son necesarios y que las empresas deberían de tener en cuenta a la hora de contratar un servicio de Consultoría……

como clientes, es importante cerciorarnos siempre de que la empresa o profesional a quien contratamos nuestros servicios está cualificado y tiene la experiencia suficiente para demostrarlo.

 

no olvidemos que lo que hoy nos sale muy económico, mañana nos podrá salir muy caro

CONTRATA AHORA TU PROTECCION DE DATOS Y TE AYUDAMOS A CUMPLIR CORRECTAMENTE CON LA NORMATIVA, EVITÁNDOTE SANCIONES INNECESARIAS.

 

 

 PORQUE PARA ALTABIR LA TRANQUILIDAD DE NUESTROS CLIENTES ES LO PRIMERO

 

Artículo publicado por Elisa Campoy Soler

 

Consultora Experta y Delegada de Protección de Datos en Grupo Altabir

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